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INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE LABORAL
¿CUÁNTO PAGA LA ART POR AMPUTACIÓN DE DEDO?
¿Tuviste un accidente laboral y sufriste una amputación de dedo? ¿Querés saber el porcentaje de incapacidad que te corresponde, cuánto paga la ART por la amputación de un dedo y cómo se cobra la indemnización? En el siguiente artículo te vamos a explicar lo que tenés que tener en cuenta a la hora de calcular la incapacidad e indemnización que podés cobrar de la ART por la pérdida de un dedo en Argentina.
Para evaluar este tema debemos analizar en primer lugar cuál fue el dedo afectado y cuántas falanges se perdieron. Asimismo, se tiene en cuenta cuál es nuestro miembro hábil.
Como vemos, son muchos factores a tener en cuenta en este tipo de lesiones. Por ello es necesario contar con un abogado especialista en accidentes de trabajo, que nos asesore y guíe para lograr que la ART nos otorgue el máximo porcentaje de incapacidad. Es importante resaltar que no hay que esperar a tener el alta médica para consultar a nuestro abogado de confianza. Por el contrario, debemos pedir asesoramiento de inmediato para que defienda nuestros derechos desde un primer momento.
¿Cual es la incapacidad por amputación de dedos?
El Decreto 659/96, también conocido como Baremo, contiene la “Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales”. Allí es donde debemos remitirnos para determinar la incapacidad por cada dedo amputado.
En la tabla de incapacidades vamos a ver que varían notablemente los porcentajes según de qué dedo se trate y a qué nivel es la amputación. No es lo mismo sufrir una amputación de dedo pulgar de la mano, que lo utilizamos constantemente, que un dedo del pie.
Por otro lado, debemos analizar en el caso particular si se produjo una pérdida de sensibilidad y motricidad.
Debemos señalar además, que en aquellos casos en que se vea afectado el miembro superior hábil, se deberá adicionar, además, un 5% del porcentaje obtenido.
AMPUTACIÓN DE DEDOS DE LA MANO
Con respecto a la mano, en aquellos casos en que se ven afectados los 10 dedos, el Baremo establece un porcentaje de incapacidad del 100%. En aquellos casos en que sean 5, entre el 40 y 60%. Y por la amputación de los cuatro dedos menos el pulgar corresponde el 40%. A partir de allí, hay que ir analizando cada caso en particular, ya que se establecen distintos porcentajes según dedo y nivel de amputación:
- Amputación de dedo pulgar:
Si se amputa el dedo pulgar, el porcentaje puede variar entre 30 y 8% según si es a nivel metacarpofalángica (30%), 1° falange (25%), a nivel de la interfalángica (15%), amputación distal de la última porción falángica (8%).
- Amputación de dedo índice:
En los casos de amputación de dedo índice, el porcentaje de incapacidad varía entre 14 y 6%, según si es a nivel de la metacarpofalángica (14%), interfalángica proximal (11%), interfalángica distal (9%), amputación distal de la última porción falángica (6%).
- Amputación de dedo mayor:
En el supuesto de que se ampute el dedo mayor, el porcentaje puede variar entre 11 y 2%, según si es a nivel de metacarpofalángica (11%), a nivel de la interfalángica proximal (8%), a nivel de la interfalángico distal (6%), amputación distal de la última falange (2%).
- Amputación de dedo anular:
El porcentaje de incapacidad por amputación del dedo anular varía entre 8 y 3%, según si es a nivel de la metacarpofalángica (8%) a nivel de la interfalángico proximal (6%)a nivel de la interfalángica distal (5%) amputación distal de la última falange (3%).
- Amputación de dedo meñique:
Su el afectado es el dedo más pequeño, el porcentaje de incapacidad varía entre 5 y 1%, según si es a nivel de la metacarpofalángica (5%), a nivel de la interfalángica proximal (4%) , a nivel de la interfalángica distal (3%), amputación distal de la última falange (1%).
AMPUTACIÓN DE DEDOS DEL PIE
El Baremo establece que para el caso de amputación de pie con conservación de calcáneo. En caso de amputación mediotarsiana, así como la amputación tarsometatarsiana, corresponde entre 20 y 40%. Por amputación transmetatarsiana entre 15 y 25 %
Cuando se trata de los 5 dedos del pie el porcentaje varía entre un 10 y 20%. En cuanto a los dedos, si se trata de la amputación del 1er. dedo el porcentaje es 15 %. Si es el 1er. dedo y su metatarsiano, 17 %. Si es el 2do, 3ro, 4to, 5to dedo con su metatarsiano 12 %.
Y luego el Baremo establece los porcentajes para el caso de amputación de falanges:
- Amputación de falange distal del dedo gordo 6%. De uno de los dedos 2do. 3ro. 4to. 5to., 2%
- Amputación de dos falanges de los dedos 2do., 3ro. 4to. 5to. 1,5 %
- Amputación de una falange de los dedos 2do., 3ro. 4to. 5to. 1 %
Por último, debemos tener en cuenta que, dado que se trata de una lesión GRAVE, con secuelas muy importantes que implican la pérdida de una parte del cuerpo, se va a contemplar también el daño psicológico.
¿Cuál es el tratamiento para amputación de dedo?
El tratamiento dependerá del tipo de lesión. Lo principal en todos los casos será la cura de la zona afectada. Para ello se colocarán apósitos para evitar infecciones y así lograr una correcta cicatrización.
Dependiendo del caso, y nivel de amputación, puede ser necesaria la posterior colocación de una prótesis o injerto. Será fundamental la rehabilitación con ejercicios, para ir recuperando la movilidad y fortalecer los músculos.
¿Cuánto paga la ART por amputación de dedo?
Según explicamos previamente, los porcentajes pueden variar considerablemente. Sumado a ello, debemos siempre tener en cuenta que las indemnizaciones son variables, ya que no dependen únicamente del porcentaje de incapacidad obtenido. Los otros factores son la edad del trabajador al momento del accidente, y su ingreso base (el cual se ajustará por RIPTE). Teniendo en cuenta que la edad e ingreso base no son tema de discusión, es fundamental contar con un abogado un abogado especializado que procurará que nuestra incapacidad sea la más alta posible.
A continuación, detallamos ejemplos de indemnizaciones que cobraron trabajadores con amputación de dedo en la justicia laboral:
- En el Expte. 47571/2017 de la Justicia Nacional del Trabajo, el juez determinó una incapacidad de 15% por lo que la indemnización actualizada a marzo de 2024 equivale a PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO($ 65.094.968).-
- En el Expte. 38210/2022 de la Justicia Nacional del Trabajo, el juez determinó una incapacidad de 23,02% por lo que la indemnización actualizada a febrero de 2024 equivale a QUINCE MILLONES CIENTO DIEZ Y SEIS MIL CIENTO VENTIUNO ($ 15.116.121).-
- En el Expte. 67867/2014 de la Justicia Nacional del Trabajo, el juez determinó una incapacidad de 69,99 % por lo que la indemnización actualizada a febrero de 2023 equivale a $ 7.185.234,52.-
En suma, las indemnizaciones por accidentes de trabajo son variables y un caso nunca es igual a otro, ya que intervienen varios factores a tener en cuenta, por lo que en caso de duda, consúltenos!
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