Accidentes de tránsito
Accidentes en intersecciones. Prioridad de paso.
Todo conductor debe ceder siempre el paso en las intersecciones al que cruza desde su derecha.
No obstante, la prioridad del que viene por la derecha sólo se pierde ante:
- La señalización específica en contrario.
- Vehículos ferroviarios.
- Vehículos del servicio público de urgencia, en cumplimiento de su misión.
- Vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha.
- Los peatones que cruzan lícitamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal, debiendo el conductor detener el vehículo si pone en peligro al peatón.
Cuando se circula por una rotonda, la circulación a su alrededor será ininterrumpida sin detenciones y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tendrá la prioridad de paso el que circula por ella sobre el que intenta ingresar debiendo cederla al que egresa, salvo que exista señalización en contrario.
Si se dan juntas varias excepciones, la prioridad es según el orden indicado.
Una pregunta frecuente es si quien circula por avenida tiene prioridad de paso sobre quien circula desde la derecha. Aquí debemos distinguir, dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tiene prioridad quien circula por avenida, es decir quien lo hace por la arteria de mayor jerarquía. Distinto es lo que sucede dentro del ámbito de la Provincia de Buenos Aires, donde la prioridad de paso de quien circula por la derecha es casi absoluta.
En los siguientes casos, no rigen las excepciones y siempre se debe ceder el paso:
- Se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada.
- Se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel.
- Se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía.
- Se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.